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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

SALA CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN PROCESOS EJECUTIVOS Y CAUTELARES

Sumilla:"... por tanto, ha quedado acreditado que, la exigibilidad de la obligación de los ejecutados para con el ejecutante fue variada a partir de la fecha última citada, y en consecuencia la obligación era exigible a partir de dicha fecha; el escrito de demanda ha sido interpuesto, antes que la obligación fuera exigible..."