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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

SALA CIVIL ESPECIALIZADA EN PROCESOS EJECUTIVOS Y CAUTELARES

Sumilla:"… viene en grado de apelación la resolución N° 1, que declara INADMISIBLE la demanda, habiendo sustentado dicha decisión el A-quo, que a fin de mejor calificar es menester que el accionante cumpla con acompañar el documento que contiene la obligación vencida e impaga (pagaré); y el porcentaje de intereses aplicados… conforme lo prescribe el artículo 720 del C.P.C., la presentación del documento que contiene la obligación, no es un requisito para la admisibilidad de la demanda, tanto más que para la presentación de la liquidación del saldo deudor, no señala formalidad alguna… Declararon NULA la resolución apelada… ".

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